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IDENTIFICACIÓN
Todo perro o gato residente en la Comunidad de Madrid deberá estar identificado y censado en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de su nacimiento o un mes después de su adquisición.
RESIDUOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID
¿Qué debe hacer una clínica para cumplir la normativa sobre gestión de residuos?
PROTECCIÓN ANIMAL
La Ley de Protección actualmente en vigor en la Comunidad de Madrid es la Ley 1/1990 de Protección de los Animales Domésticos desarrollada reglamentariamente por el Decreto 44/1991 de 30 de mayo y modificada por la Ley 1/2000 de 11 de Febrero. |
ZONA DE SOCIOS
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PASAPORTE EUROPEO
LEGISLACIÓN
Normativa relacionada con la clínica veterinaria y con animales de compañía de aplicación en la Comunidad de Madrid. |
Normativa para la realización de radiografías de control de displasia
La radiografía se enviará al “CENTRO DE DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDADES CONGÉNITAS”, C/ Maestro Ripoll, 8 Planta 1ª, 28006 Madrid, deberá ir acompañada del pago del importe o de comprobante del mismo y del impreso de remisión que figura como "Impreso de radiografía de displasia".
Sólo se realizarán radiografías en perros mayores de 1 año. Las radiografías serán archivadas en la Sede Social de AMVAC. Para conocer los datos imprescindibles en la identificación de la placa y las características que debe incluir pinche aquí.










